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Certificado de innecesariedad de licencia de segregación en suelo rústico

El artículo 32 de la Ley 12/2017 (LUIB), “actos de división de terrenos clasificados como suelo rústico”, establece en su apartado 2 que: “se exceptuarán de la necesidad de obtención de licencia, y se sustituirán en estos supuestos por certificado de innecesariedad, los actos de división que sean consecuencia de la ejecución de determinaciones del planeamiento o de infraestructuras públicas y de aquellos casos que se establezcan reglamentariamente”.

 

¿Quién lo puede solicitar?

Indiferente: personas físicas, personas jurídicas (mediante representante legal previamente acreditado).

Documentación a

aportar

  •  Instancia de solicitud.
  • Cuando la solicitud se haga a través de representante, deberá aportar acreditación de la representación por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, en los términos establecidos en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Recibo del pago de la tasa.
  • Certificación literal de dominio de la inscripción de la parcela en el Registro de la Propiedad (Debiendo presentarse el documento original, con una antigüedad máxima de 6 meses).
  • Plano de situación, escala 1:2000 ó 1:1000 (urbano), o 1:5000 (rústico)
  • Plano con límites de la parcela, preferiblemente en formato dwg
  • Justificación de la concurrencia de alguno de los supuestos de innecesariedad de licencia establecidos en el artículo 32.2 LUIB
  • Referencia catastral de la parcela de referencia

 

¿Dónde solicitarlo?

En el Registro Telemático de la sede electrónica del Ayuntamiento www.santaeulalia.net (siempre que se disponga de firma digital, según el artículo 10 de la Ley 39/2015) o el Registro General de las oficinas municipales.

Precio y forma de

pago

Tasa 75€

Formas de pago:

  • Autoliquidación generada por el Registro General a la vista de la documentación que se presenta, según tasa fijada en la ordenanza fiscal municipal del año en curso.
  • Mediante tarjeta financiera en el Registro General en el momento de presentación de la documentación.
  • Pago el día de presentación de la documentación o al día siguiente en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que figuran en la autoliquidación, o por Internet en la página web del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

 

Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • NN.SS. de Planeamiento de Santa Eulària des Riu.
  • Plan Territorial Insular y sus modificaciones.
  • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB) y sus modificaciones., artículo 32.2

La normativa municipal se puede consultar desde esta web accediendo por "Ayuntamiento> Ordenanzas municipales" o "Áreas/Departamentos> Ordenación del Territorio y Urbanismo".

¿Quién tramita la solicitud?

Departamento de Urbanismo y Actividades.

 Forma de iniciación

A petición de la persona interesada.

Requisitos

Presentar Instancia General cumplimentada acompañada de la documentación indicada.

 Unidad tramitadora

Departamento de Urbanismo y Actividades

C. Mariano Riquer Wallis, 4 (3ª planta)

07840 Santa Eulària des Riu (Ibiza)

Tel. 971332800

Órgano resolutorio

Alcaldía o concejalía por delegación

Rellenar instancia en la sede electrónica