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Licencia primera ocupación

Descripción/finalidad: la Licencia de Ocupación tiene por objeto autorizar la puesta en uso de los edificios, previa comprobación de que han sido ejecutados de conformidad a las condiciones de la licencia que autorice la obra.

Documentación requerida:

  • Instancia de solicitud.
  • Recibo del pago de la tasa.
  • Copia de la Cédula de Habitabilidad.
  • Copia de Final de Obra.
  • Certificados y/o informes y/o contratos de las empresas suministradoras de electricidad,agua, saneamiento y/o telecomunicaciones, mediante los cuales se acredite que las necesidades de suministro de la edificación quedan garantizados en las redes existentes y que la vivienda dispone de las conexiones necesarias para la utilización de las citadas redes.
  • En caso de no estar conectado a red municipal (suelo rústico), el certificado expedido por el técnico redactor en cuanto al suministro de agua (perforada, cisterna,…)

Tasas: 100 euros tasa mínima.

Órgano que resuelve:

  • Alcaldesa.
  • Secretaría.

Recursos: Recurso Potestativo de Reposición.

Normas aplicables:

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
  • Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (LOUS)
  • NN.SS. de Planeamiento de Santa Eulalia del Río.
  • Plan Territorial d’Eivissa.

Rellenar instancia en la sede electrónica