Carta a 14.000 abonados por un uso responsable del agua y de la red de saneamiento

Apreciado abonado,
El agua es un recurso escaso en nuestra isla y su uso responsable constituye una prioridad para garantizar el bienestar de la ciudadanía y la protección del medio ambiente. Por ello, desde el Ajuntament de Santa Eulària des Riu queremos recordar la importancia de hacer un uso adecuado tanto del agua como de las redes de saneamiento.
El correcto funcionamiento del sistema de saneamiento y depuración es esencial para la salud pública y para la devolución del agua al medio natural en condiciones óptimas o su reutilización como agua regenerada. Un uso inadecuado de estas infraestructuras puede provocar incidencias graves, como obstrucciones, averías o vertidos que comprometen su funcionamiento.
En este sentido, recordamos que la nueva Ordenanza de gestión y uso sostenible del agua de Santa Eulària des Riu (BOIB no 79, de 13 de junio de 2024) prohíbe el vaciado total de piscinas, tanto públicas como privadas, salvo en casos de reparación o por motivos sanitarios. En estos supuestos, deberá notificarse previamente al Servicio Municipal de Aguas (Aqualia) la fecha prevista y el volumen de la piscina, para comprobar que el vertido es admisible y no provoca contingencias en la red de saneamiento. La omisión de este aviso previo puede conllevar la responsabilidad por los daños y gastos derivados de la sobresaturación de la red, sin perjuicio de las sanciones que correspondan, al tratarse de una infracción tipificada como muy grave, con multas de entre 1.501 y 3.000 euros.
Asimismo, les informamos de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.1 de la Ordenanza municipal, las piscinas deben disponer de las instalaciones necesarias para aplicar un tratamiento físico, químico y/o biológico continuado, incluso fuera de la temporada de baño, así como de sistemas de recogida y reutilización del agua en las condiciones sanitarias establecidas por la normativa específica. En caso de no disponer de estas instalaciones, se establece un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ordenanza para adaptarse a esta obligación.
Del mismo modo, recordamos que está expresamente prohibido verter a la red de saneamiento aguas procedentes de achiques o afloramientos del nivel freático, así como salmuera derivada de procesos de desalación o descalcificación. También se prohíbe el vertido de residuos sólidos o viscosos que puedan provocar obstrucciones, sedimentos o interferencias en el funcionamiento de la red y de las estaciones depuradoras.
Entre las sustancias y elementos cuyo vertido está prohibido se incluyen, entre otros, grasas, aceites, trapos, toallitas higiénicas, bastoncillos, restos orgánicos, plásticos, productos alquitranados, residuos de obra como morteros, cal, cementos, arenas o restos de hormigón, así como cualquier sólido de tamaño superior a 1,5 centímetros. Estos materiales son los que más problemas generan en la red municipal, al provocar atascos y dificultar el proceso de depuración para devolver el agua residual debidamente tratada al medio natural.
El Ajuntament de Santa Eulària des Riu y Aqualia realizan controles periódicos mediante sistemas tecnológicos para supervisar la red, conocer los niveles y composición de los vertidos e identificar posibles incumplimientos.
El agua es un suministro escaso en la isla, y su preservación y optimización debe ser una prioridad de todos.
Quedamos a su entera disposición para cualquier consulta o aclaración que estimen oportuna y aprovechamos la ocasión para saludarles atentamente. Nos pueden contactar a través de:
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Teléfono gratuito del Centro de Atención al Cliente (900 814 081) de 8 a 20 horas.
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