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Segunda orden de paralización para una obra en la población de Santa Eulària des Riu

30/07/2021
Segunda orden de paralización para una obra en la población de Santa Eulària des Riu

 Santa Eulària des Riu, 30 de julio de 2021. El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu sigue con su campaña de revisión de las diferentes obras de que tiene constancia en el municipio con el fin de comprobar si se cumple con la paralización en función de su proximidad a las zonas y establecimientos turísticos, así como por la naturaleza de los trabajos. Ahora ha decretado el cese de la actividad de una obra situada en la población de Santa Eulària a la cual ya se le había realizado un primer requerimiento de paro hace unos días. La semana pasada ya se realizó un requerimiento de paralización de las obras a otra promoción que se estaba ejecutando en Roca Llisa.

Dado que la prohibición no es total en todo el municipio y para todos los trabajos, el Ayuntamiento está haciendo revisiones de las obras para comprobar si estas han parado o no y, en caso de que sigan, determinar si pueden o no seguir con su actividad. En especial, se han visitado las cinco obras de mayor envergadura (promociones de pisos) que estaban activas antes de la entrada en vigor de la prohibición estival. De estas, cuatro han cumplido con el requerimiento municipal. La restante ha recibido ahora un requerimiento para que paralice las obras y, en caso de no hacerlo, se procederá al precinto de las mismas con su correspondiente expediente sancionador.

La norma que se aplica en Santa Eulària des Riu está en vigor hasta el 15 de septiembre (aunque se puede ampliar un mes en caso de que la actividad turística mantenga un ritmo alto) pero no implica la paralización total de todos los trabajos de construcción o reforma sino que implica distinguir entre tres tipos de zonas (según su proximidad a establecimientos turísticos o zonas consideradas como tales) y entre actividades constructivas más o menos molestas.

El hecho de que una obra pueda seguir realizándose porque no quede sujeta a la prohibición no significa que estas no deban seguir cumpliendo en todo momento con el resto de normativa aplicable, especialmente en lo que refiere a emisiones de ruidos, limpieza o cualquier otra que fije la normativa local, autonómica o estatal.

 

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