El 31 de julio se inicia el periodo de pago voluntario de tributos
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El viernes 31 de julio se inicia el periodo de pago voluntario de los recibos de diferentes tributos municipales, un periodo que se cerrará el día 30 de septiembre y que incluirá jornadas específicas para el pago en las oficinas municipales periféricas de Jesús, es Puig d’en Valls, Santa Gertrudis de Fruitera y Sant Carles de Peralta. La previsión es que se pasen a cobro cerca de 85.000 recibos con un importe total que se prevé esté en torno a los 19,5 millones. El año pasado, el índice de cobro en el periodo voluntario se situó en cerca del 87%.
Los ciudadanos que no tengan domiciliados estos pagos podrán abonarlos cualquier día laborable en las oficinas de Recaudación Municipal, situadas en la calle Marià Riquer Wallis, entre las 08:15 y las 13:30 horas. Para los que elijan la opción del pago a través del banco, los recibos se cargarán el día 1 de septiembre.
En concreto, el período que se abre ahora es para hacer efectivos los pagos de las tasas y precios públicos del servicio de recogida de basuras, escaparates, mesas y sillas, toldos, quioscos y vados permanentes. Igualmente se deberá abonar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), urbanos y rústicos, el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) empresarial y profesional, así como el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Para facilitar el pago directo de estos recibos a los vecinos de todas las parroquias del municipio, se han establecido servicios especiales en las oficinas municipales correspondientes para que personal de Recaudación se pueda desplazar a estos locales oficiales para facilitar los pagos. Así, en Sant Carles se podrá pagar el día 8 de septiembre, un día después se podrá hacer en Santa Gertrudis; los días 10 y 11 en es Puig d'en Valls y, finalmente, las fechas previstas en Jesús son el 15 y el 16 de septiembre.
A la opción del pago domiciliado en el banco y el pago en persona se une la posibilidad de hacerlo on line a través de www.santaeularia.com
Transcurrido el plazo de ingreso señalado, el periodo ejecutivo se inicia al día siguiente del vencimiento de dicho plazo y determina el devengo de los recargos de dicho periodo ejecutivo del importe de la deuda no ingresada, el devengo de los intereses de demora correspondientes a ésta y desde el día siguiente al del vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso, y exigencia de las deudas por el inicio del procedimiento de apremio y, en su caso, las costas que se produzcan. Para más información se puede llamar en horario de mañanas, a los teléfonos 971040241 y 971332800.