Skip to main content

El pleno aprueba impedir la reconversión de locales en vivienda en Santa Gertrudis y Sant Carles, así como en las calles más céntricas del resto de núcleos urbanos para proteger al pequeño comercio y los entornos patrimoniales

22/12/2023
El pleno aprueba impedir la reconversión de locales en vivienda en Santa Gertrudis y Sant Carles, así como en las calles más céntricas del resto de núcleos urbanos para proteger al pequeño comercio y los entornos patrimoniales

También se impide el aumento de alturas en Fruitera y Peralta, así como en el caso de viviendas con algún tipo de valor patrimonial

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu ha aprobado esta mañana establecer límites a la aplicación de algunas de las medidas previstas en el ‘Decreto de Vivienda’ recientemente aprobado por el Govern y que daba libertad a los municipios para no aplicar o hacerlo de forma limitada en cuestiones como la conversión de locales comerciales en vivienda o en el incremento de alturas. La delimitación planteada por el Equipo de Gobierno excluye totalmente ambas posibilidades en los núcleos urbanos (no es de aplicación en rústico ni en zonas turísticas) de Sant Carles y Santa Gertrudis, excluyendo también la posibilidad de reconversión de bajos en las principales calles comerciales del resto de núcleos y limitando el crecimiento en alturas al máximo fijado en cada zona según las Normas Subsidiarias. El objetivo marcado es el de tratar de proteger al pequeño comercio, evitando así la desaparición de locales comerciales y, por otro lado, preservar la estética y la idiosincrasia de entornos de alto valor patrimonial que podrían verse alterados con los recrecidos. El PSOE se ha opuesto mientras que Unides Podem y Vox se han abstenido.

El Decreto Ley de medidas urgentes en materia de vivienda, introduce una serie de medidas para favorecer la incorporación de viviendas privadas al mercado para lo cual introduce dos disposiciones adicionales a la Ley 12/2017 de urbanismo de Balears. El primero de ellos supone una norma temporal para facilitar la reconversión de locales existentes en viviendas, con unas características mínimas y un precio de venta limitado. El segundo permite el crecimiento en altura de edificaciones existentes o en proyecto para conseguir nuevas viviendas. En ambos casos se determina que los ayuntamientos podrán liimitar la aplicación de dichas disposiciones adicionales.

En el caso de Santa Eulària, si bien resulta positivo que se habiliten fórmulas para poner en el mercado más vivienda y tratar de atajar en lo posible los problemas de falta de la misma, se ha aprovechado la posibilidad de limitar su aplicación con el fin de evitar que locales en zonas de gran actividad comercial puedan destinarse a vivienda, reduciendo así la presencia de negocios en nuestras calles y, por lo tanto, debilitando un tejido comercial que no sólo tiene una importante función de generación de riqueza y empleo, sino que también tiene un papel vital como dinamizador social.

Así se han regulado los núcleos urbanos, únicos en que se pueden aplicar las medidas, de manera que se prohíben ambas medidas totalmente en las poblaciones de Sant Carles y Santa Gertrudis. En ambos casos se trata de núcleos de población pequeños, con pocos negocios cuya desaparición podría suponer un duro golpe ara la comunidad. Además, son entornos con una fisonomía y un crecimiento muy cuidados, de gran valor estético y patrimonial donde los recrecimientos podrían alterar su equilibrio.

En cuanto al resto de núcleos de población, la posibilidad de reconversión de locales comerciales en viviendas se prohíbe en las vías más comerciales en todo o en parte de su trazado. Así, se descarta en zonas de las calles del Camí Vell de Sant Mateu, sa Tanqueta, Ciudad Jardín, Marí Mayans y Padre Bartolomé de es Puig d’en Valls. En el caso de Jesús, las limitaciones incluyen la vía principal que atraviesa el pueblo, la avenida es Cap Martinet y calles Gavina y Faisà. En el caso de Santa Eulària, casi todas las zonas afectadas por la prohibición se encuentran incluidas dentro del rectángulo que conforman las calles Sant Josep, el Paseo Marítimo, la calle Joan Tur Tur y José Guasch Vich. Fuera de este ámbito quedarían la calle Sol, Camí de Missa o César Puget Riquer. Hay que reiterar que en muchas vías la prohibición no afecta a todo su trazado.

En cuanto a la posibilida de recrecer edificaciones o proyectos, se excluyen de ella todos los edificios declarados BIC, bienes culturales o que estén incluidos en el catálogo patrimonial municipal. Además, en todos los casos, no se pueden superar las alturas máximas reguladas en las Normas Subsidiarias.

Otros asuntos

El pleno de la Corporación en sesión celebrada en fecha 26 de enero de 2023 acordó la aprobación inicial de la creación de 12 nuevas licencias de autotaxi para dar respuesta al incremento en la demanda de servicio de transporte público interurbano en automóviles de turismo en el municipio de Santa Eulària des Riu. Ahora se ha aprobado de forma definitiva, y unánime, la creación formal de las licencias y el inicio del trámite que culminará en su licitación.

Se trata de un incremento de la flota disponible basado en un estudio de necesidades que considera que las 56 plazas actuales resultan insuficientes para un correcto servicio dada la población y las características del mismo. Además, se establece que la mitad de las 12 nuevas plazas sean de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida para tratar de favorecer que tengan un servicio adecuado a sus necesidades.

También se han aprobado por unanimidad el plan de formación continua para la Policía Local y el personal del Ayuntamiento que incluye cursos de resolución de conflictos, actuaciones de ayuda sanitaria, extinción de incendios en vehículos eléctricos dado el crecimiento de la flota o el uso de equipos de respiración autónoma. Igualmente, todos los grupos han apoyado la mutación demanial subjetiva de la superficie en la que Abaqua ha realizado un depósito de 5.000 litros. Una vez se haga dicha mutación -una cesión del espacio por simplificar- la entidad autonómica podrá ceder el uso de dicho depósito al Consistorio.

Resultados de las votaciones:

01.- Visto.

02.- Aprobado (PP, PSOE y Vox, a favor; UP, en contra).

03.- Aprobado (PP, a favor; Vox, abstención; PSOE y UP, en contra).

04.- Aprobado (PP, a favor; Vox, abstención; PSOE y UP, en contra).

05.- Aprobado (PP, a favor; UP y Vox, abstención; PSOE, en contra).

06.- Unanimidad.

07.- Unanimidad.

08.- Unanimidad.

09.- Unanimidad (con modificaciones).

10.- Votados por puntos:

            10.01 Unanimidad (con modificaciones).

            10.02 Denegado (PSOE, UP y V, a favor; PP, en contra)

            10.03 Denegado (PSOE, UP y V, a favor; PP, en contra)

            10.04 Denegado (PSOE, UP y V, a favor; PP, en contra)

            10.05 Denegado (PSOE, UP y V, a favor; PP, en contra)

            10.06 Unanimidad (con modificaciones).

            10.07 Unanimidad (con modificaciones).

11.- Rechazado (UP, PSOE y V, a favor; PP, en contra).

12.- Rechazado (UP, PSOE y V, a favor; PP, en contra).

13.- Aprobado con modificaciones (Vox y PP, a favor; PSOE y UP, en contra).

Ajuntamente de Santa Eulària des Riu
Ajuntamente de Santa Eulària des Riu
Ajuntamente de Santa Eulària des Riu

Comparte esta noticia