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Ayudas para el alquiler de viviendas del año 2021

  • Organismo emisor:
    Administración de la Comunidad Autónoma. Consejería de Movilidad y Vivienda.
  • Fecha desde:
    viernes, 01 de octubre de 2021
  • Fecha hasta:
    lunes, 15 de noviembre de 2021

Beneficiarios:
Personas mayores de edad o emancipadas, residentes en las Islas Baleares, que cumplan unos requisitos determinados (*consultar bases).

Crédito presupuestario:

La cuantía de la ayuda es del 40% de la renta mensual del alquiler (la renta mensual tiene que ser igual o inferior a 900 €). En todo caso, la cuantía de la ayuda no puede superar el límite máximo por vivienda de 3.000 € anuales.

Para jóvenes de menos de 35 años o personas mayores de 65 años la cuantía de la ayuda es:

  • Del 50%, en el tramo comprendido entre 1 y 600 €, de la renta mensual del alquiler.
  • Del 30%, en el tramo comprendido entre 601 y 900 €, de la renta mensual del alquiler.

*En caso de que haya más de una persona inquilina, si en el contrato de alquiler figuran diversas persones inquilinas y no se especifica, en la solicitud de la ayuda o en el contrato, cuál es la parte de la renta de alquiler que paga cada una de ellas, se entiende que la pagan a partes iguales. Sin embargo, las persones inquilinas pueden manifestar su voluntad que la totalidad de la ayuda se satisfaga a una de ellas.

Ver más: http://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=4878858&coduo=199&lang=es

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