Beneficiarios:
Personas mayores de edad o emancipadas, residentes en las Islas Baleares, que cumplan unos requisitos determinados (*consultar bases).
Crédito presupuestario:
La cuantía de la ayuda es del 40% de la renta mensual del alquiler (la renta mensual tiene que ser igual o inferior a 900 €). En todo caso, la cuantía de la ayuda no puede superar el límite máximo por vivienda de 3.000 € anuales.
Para jóvenes de menos de 35 años o personas mayores de 65 años la cuantía de la ayuda es:
*En caso de que haya más de una persona inquilina, si en el contrato de alquiler figuran diversas persones inquilinas y no se especifica, en la solicitud de la ayuda o en el contrato, cuál es la parte de la renta de alquiler que paga cada una de ellas, se entiende que la pagan a partes iguales. Sin embargo, las persones inquilinas pueden manifestar su voluntad que la totalidad de la ayuda se satisfaga a una de ellas.
Ver más: http://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=4878858&coduo=199&lang=es
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